Instalación de máquinas tragaperras en Tarragona

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¿Sabes de qué forma tributa una máquina tragaperras en Tarragona?

Si se trata de impuestos o tributos, la explotación de una máquina tragaperras se grava de acuerdo a los impuestos correspondientes al IVA y la Tasa Fiscal del Juego. Esto significa que, tanto la persona titular del bar o local de hostelería, como la empresa operadora que proporciona la máquina, deben hacerse cargo de estos impuestos.

Si tienes o quieres tener un bar, pub o similares y te gustaría incluir una máquina tragaperras en él, debes conocer algunas cosas respecto a su tributación.

Máquina tragaperras para bar

Todo lo que debes saber sobre los impuestos de las tragaperras

Cada territorio autonómico tendrá la potestad de regular la gestión, liquidación, importe, inspección o recaudación de los tributos correspondientes a las máquinas de cada bar.

Este importe recaerá sobre la empresa operadora y el titular de la máquina, y deberán ser abonados cada tres meses de acuerdo al modelo 045 de la Ley de Juego.

En este sentido, la cuota fija que debe pagarse por dar de alta una máquina recreativa es de 3600 euros; esto corresponde a la tasa fiscal sobre el juego.

Es importante destacar que el precio del tributo será una cuota fija y el rendimiento o recaudación de cada máquina no influirá en el mismo. Por otra parte, lo que sí influirá en el precio a pagar será el tipo de máquina tragaperras que adquieras, la cantidad de jugadores, entre otros aspectos.

Si eres propietario de un bar,  las máquinas tragaperras también están obligadas a pagar este tributo, no obstante, a diferencia de las tasas fiscales, el precio varía de acuerdo a la empresa operadora y el propietario del bar.

  • En el caso del dueño del bar, cuando se lleva a cabo el procedimiento de adquisición de una máquina recreativa tipo B, quedará establecido previamente, a través de un acuerdo comercial, que la empresa operadora recibirá una parte de la cantidad recaudada por máquina tragaperras y que este importe deberá ser facturado, cobrado y declarado con una parte de IVA.
  • Por otra parte, la empresa operadora estará sujeta a una tributación especial, cuya tasa estará exenta de IVA. La razón es que no se pueden deducir las tasas de IVA pagadas a los titulares de cada bar, respecto a la recaudación que realizan.

Al principio puede que tantos datos, números y papeleo parezca algo casi imposible de descifrar; sin embargo, hoy en día existe la posibilidad de tener una máquina recreativa en tu bar sin necesidad de ahondar en procedimientos complicados y confusos.

En Recreativos Canillas te brindaremos la asesoría que necesitas para tener una máquina tragaperras en tu bar y solo tengas que preocuparte de mejorar tus ganancias a fin de mes

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